Becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior  para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios  universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la  convocatoria para el curso académico 2010-2011.
 
 Objeto
 Esta resolución tiene por objeto fijar las bases reguladoras de becas  para la realización de estudios en cualquier universidad del sistema  universitario de Galicia (SUG), de intercambios universitarios o  estudios de formación profesional en centros de enseñanza públicos o  privados concertados para emigrantes gallegos residentes en el exterior y  sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad a través de  los siguientes programas:
 
 Programa 1: 
 Bases reguladoras para la concesión de becas para la  realización de estudios universitarios de carácter oficial y validez en  todo el territorio nacional en cualquiera de las tres universidades de  Galicia
 Requisitos de los solicitantes.
 Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes  en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de  consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:
 1. Residencia en el extranjero del/de la solicitante de la beca.
 2. En el caso de solicitar una prórroga de la beca concedida en la  última convocatoria, el/la solicitante deberá acreditar la residencia  de su unidad económica familiar en el extranjero y haber superado el 75%  de las materias o créditos en los que estuvo matriculado en el curso  anterior para el que se le concedió la ayuda, incluyendo el proyecto fin  de carrera. También se considerarán como prórroga de la beca aquellas  solicitadas para la continuación de los estudios que hayan dado lugar a  una anterior concesión, siempre y cuando se hubiera superado el 75% de  los créditos en los que estuvo matriculado en el año de la concesión.
 3. Estar admitido/a para cursar estudios presenciales conducentes a  la obtención de un título de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto,  diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico durante el  curso que se inicia en el año de la convocatoria, en la universidad de  Santiago de Compostela, A Coruña o Vigo. Los beneficiarios de las becas  deberán estar matriculados en, como mínimo, 50 créditos, incluido en  ellos el proyecto fin de carrera. En ningún caso entrarán a formar parte  de los mínimos a los que se refiere el punto anterior créditos  correspondientes a distintas especialidades.
 
 Programa 2:
 Bases reguladoras para la concesión de becas para la  realización de estudios conducentes a la obtención del título de máster  universitario en cualquiera de las tres universidades de Galicia
 Requisitos de los beneficiarios. 
 Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as  residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de  consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos: 
 1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca.
 2. En el caso de solicitar una prórroga de la beca concedida en  convocatorias anteriores, el/la solicitante deberá acreditar tener  superados el 75% de los créditos en los que estuvo matriculado en el  último curso o, en su caso, haber obtenido el título de grado,  licenciado, ingeniero o arquitecto.
 3. Estar admitido/a en el curso que se inicia en el año de la  convocatoria en un programa de curso completo de máster universitario  autorizado por la Xunta de Galicia e impartido en alguna de las  universidades de Santiago de Compostela, A Coruña o Vigo. En el caso de  solicitar prórroga de la beca no entrarán a formar parte de los mínimos a  los que se refiere el punto anterior, créditos correspondientes a  distintas especialidades.
 
 Programa 3 (Nuevo):
 Bases reguladoras para la concesión de becas de intercambio para la  realización de enseñanzas universitarias en cualquiera de las tres  universidades de Galicia que tengan firmados convenios con universidades  de países extracomunitarios
 Requisitos de los beneficiarios.
 Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes  en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de  consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:
 1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca en un país extracomunitario.
 2. Estar admitido/a para cursar estudios presenciales a tiempo  completo, por un período mínimo de un cuatrimestre (hasta 6 meses), o de  un curso académico, en cualquiera de las tres universidades de Galicia  que tenga suscritos convenios de movilidad con las correspondientes  universidades de países extracomunitarios. En ningún caso entrarán a  formar parte de los mínimos a los que se refiere el punto anterior  créditos correspondientes a distintas especialidades.
 3. No ser o haber sido beneficiario de otras ayudas de movilidad  convocadas por otras entidades públicas o privadas para el mismo fin.
 
 Programa 4:
 Bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de  estudios de formación profesional de grado superior en centros docentes  públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Galicia que  tengan estas enseñanzas concertadas
 Requisitos de los beneficiarios.
 Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes  en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de  consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:
 1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca.
 2. Estar matriculado/a en el curso que se inicia en el año de la  convocatoria en algún ciclo formativo de grado superior en un centro  docente público o centro privado de la Comunidad Autónoma de Galicia que  tengan estas enseñanzas concertadas.
 
 
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