Becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior

Becas destinadas a los ciudadanos gallegos residentes en el exterior para la realización de estudios universitarios oficiales, intercambios universitarios y estudios de formación profesional en Galicia y la convocatoria para el curso académico 2010-2011.

Objeto

Esta resolución tiene por objeto fijar las bases reguladoras de becas para la realización de estudios en cualquier universidad del sistema universitario de Galicia (SUG), de intercambios universitarios o estudios de formación profesional en centros de enseñanza públicos o privados concertados para emigrantes gallegos residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad a través de los siguientes programas:

Programa 1:
Bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en cualquiera de las tres universidades de Galicia
Requisitos de los solicitantes.
Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:
1. Residencia en el extranjero del/de la solicitante de la beca.
2. En el caso de solicitar una prórroga de la beca concedida en la última convocatoria, el/la solicitante deberá acreditar la residencia de su unidad económica familiar en el extranjero y haber superado el 75% de las materias o créditos en los que estuvo matriculado en el curso anterior para el que se le concedió la ayuda, incluyendo el proyecto fin de carrera. También se considerarán como prórroga de la beca aquellas solicitadas para la continuación de los estudios que hayan dado lugar a una anterior concesión, siempre y cuando se hubiera superado el 75% de los créditos en los que estuvo matriculado en el año de la concesión.
3. Estar admitido/a para cursar estudios presenciales conducentes a la obtención de un título de grado, licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico durante el curso que se inicia en el año de la convocatoria, en la universidad de Santiago de Compostela, A Coruña o Vigo. Los beneficiarios de las becas deberán estar matriculados en, como mínimo, 50 créditos, incluido en ellos el proyecto fin de carrera. En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos a los que se refiere el punto anterior créditos correspondientes a distintas especialidades.

Programa 2:
Bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios conducentes a la obtención del título de máster universitario en cualquiera de las tres universidades de Galicia
Requisitos de los beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:
1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca.
2. En el caso de solicitar una prórroga de la beca concedida en convocatorias anteriores, el/la solicitante deberá acreditar tener superados el 75% de los créditos en los que estuvo matriculado en el último curso o, en su caso, haber obtenido el título de grado, licenciado, ingeniero o arquitecto.
3. Estar admitido/a en el curso que se inicia en el año de la convocatoria en un programa de curso completo de máster universitario autorizado por la Xunta de Galicia e impartido en alguna de las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña o Vigo. En el caso de solicitar prórroga de la beca no entrarán a formar parte de los mínimos a los que se refiere el punto anterior, créditos correspondientes a distintas especialidades.

Programa 3 (Nuevo):

Bases reguladoras para la concesión de becas de intercambio para la realización de enseñanzas universitarias en cualquiera de las tres universidades de Galicia que tengan firmados convenios con universidades de países extracomunitarios
Requisitos de los beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:
1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca en un país extracomunitario.
2. Estar admitido/a para cursar estudios presenciales a tiempo completo, por un período mínimo de un cuatrimestre (hasta 6 meses), o de un curso académico, en cualquiera de las tres universidades de Galicia que tenga suscritos convenios de movilidad con las correspondientes universidades de países extracomunitarios. En ningún caso entrarán a formar parte de los mínimos a los que se refiere el punto anterior créditos correspondientes a distintas especialidades.
3. No ser o haber sido beneficiario de otras ayudas de movilidad convocadas por otras entidades públicas o privadas para el mismo fin.

Programa 4:

Bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios de formación profesional de grado superior en centros docentes públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan estas enseñanzas concertadas
Requisitos de los beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas los/las emigrantes gallegos/as residentes en el exterior y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que cumplan los siguientes requisitos:
1. Residencia en el extranjero del/la solicitante de la beca.
2. Estar matriculado/a en el curso que se inicia en el año de la convocatoria en algún ciclo formativo de grado superior en un centro docente público o centro privado de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan estas enseñanzas concertadas.


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